LEGISLACIÓN MINERA

Nuestra legislación regala los recursos a las empresas extranjeras

  Si este saqueo de los recursos del país está en marcha, es porque los últimos gobiernos argentinos lo vienen permitiendo, hasta se podría decir que lo vienen promoviendo.
  La llegada de las empresas transnacionales y el comienzo de la gran minería en Argentina se hicieron posible a partir de 1993, cuando fue sancionada la Ley 24.196 de Inversiones Mineras, en pleno auge del menemismo. El arquitecto de esta ley es Ángel Maza, que era entonces Secretario de Minería. Cabe resaltar que es este mismo Maza que, como gobernador de la provincia de la Rioja, dio la bienvenida a la canadiense Barrick Gold y a su proyecto de extracción de oro y plata en el Cerro Famatina.
  Si el aumento de los precios internacionales de los minerales ayudó a despertar el interés económico de muchas empresas, la verdadera explicación del crecimiento espectacular del sector en Argentina se encuentra en su marco legal extremamente permisivo.
  La ley de 1993 literalmente desreguló todo el sector minero y creó las condiciones para que Argentina regale sus recursos a empresas extranjeras. En pocas palabras, esta ley estableció una serie de beneficios para las empresas mineras, sin exigirles nada en contraparte. Esta ley fue luego modificada por las leyes 24.296, 25.161 y 25.429, que acentuaron el tratamiento preferencial a las empresas mineras: los gobiernos de De la Rúa, Duhalde y Kirchner siguieron el camino trazado por Menem en los años 1990.
  Principalmente, la ley 24.196 de Inversiones Mineras establece una serie de
incentivos fiscales a la exploración y explotación minera : las empresas mineras pueden deducir el 100% de sus gastos de exploración del cálculo del impuesto a las ganancias; se les devuelve el IVA a la exploración, así como el IVA en importación o compra de bienes e inversiones de infraestructura; no pagan derechos de importación; no pagan el Impuesto al Cheque; pueden deducir el 100% del Impuesto a los Combustibles Líquidos, y muchas otras ventajas más.
Si se llevan todas sus ganancias afuera del país, una vez más, es porque la ley argentina lo permite: están autorizadas a no ingresar al país el 100% de las divisas obtenidas por sus exportaciones (decretos 417/03 y 753/04), y además no pagan ninguna carga o impuesto para transferir capitales al exterior del país.
Sin embargo el punto más importante es que no se les podrá retirar esos beneficios por un periodo de treinta años a partir de su instalación: la ley 24.196 de Inversiones Mineras garantiza la estabilidad fiscal y cambiaria por 30 años, o sea que tanto los gobiernos provinciales como el gobierno nacional no podrán aumentar la carga tributaria o arancelaria de las empresas mineras durante este periodo.
En contraparte de todos esos beneficios, las empresas mineras tienen que pagar regalías a las provincias, pero la ley 24.196 fija un tope ridículo para estas regalías: el 3% del valor del mineral extraído en boca de mina, y ciertas provincias como Chubut ni siquiera alcanzan este máximo ridículo. Esas regalías son tan insignificantes que en ciertos casos su monto termina siendo menor al monto de todos los reintegros hechos a la empresas mineras: ¡el Estado nacional y las provincias literalmente pagan las empresas mineras para que se lleven los recursos minerales afuera del país!

Fuente:Impacto de la gran minería sobre las poblaciones locales en Argentina,2008. Informe realizado por Juliette RENAUD, asesora del Premio Nóbel de la Paz, Adolfo Pérez Esquivel

Link para acceder al Informe: Impacto de la gran minería sobre las poblaciones locales en Argentina: https://sites.google.com/site/megamineriacontaminante/